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FERIA EXPOALIMENTARIA ABRIRÁ SUS PUERTAS


La feria de alimentos y bebidas más importante de Latinoamérica: Expoalimentaria, abrirá sus puertas nuevamente los días 25, 26 y 27 de septiembre del presente año en el Centro de Exposiciones Jockey, donde se reunirán las principales empresas exportadoras de los cinco continentes, compradores, empresarios y expertos vinculados a la cadena de alimentos.

El presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), Erik Fischer Llanos, señaló que el certamen es una importante plataforma de negocios internacionales. “Contribuye a incrementar nuestra red de contactos e ingresar a destinos lejanos. De esa forma, Perú fortalecerá su imagen como un proveedor estratégico de alimentos al mundo”, expresó.

Asimismo, resaltó la participación de empresas exportadoras de otras naciones que estarán en los pabellones país: Argentina, Ecuador, México, Indonesia, Brasil, España, China e Italia, entre otras.

En la feria participarán más de quinientas compañías expositoras peruanas y del exterior, entre ellas, Gloria, Danper, Ecosac, Virú, Wiraccocha, Machu Picchu Foods, Hapag Lloyd, One Line, Ransa, Trupal, Basa, Carvimsa y Epinsa; y otras que expondrán su oferta de maquinarias, envases y embalajes y servicios al comercio exterior.

Los productos que se exhibirán serán la palta Hass, papas nativas, mandarina, mango, hojuelas de maca, plátanos, orégano, aguaymanto y piña deshidratadas, camu camu, granada, lúcuma, cacao, maca en polvo, hierbas aromáticas, chía, cúrcuma, yacón, kiwicha, sangre de grado, uña de gato, castaña, maíz morado, aceite sacha inchi, jengibre en polvo, panela, nibs de cacao, extracto de noni, pota, tilapia, trucha, paiche y otros más.


México produce pruebas de sangre para atacar diabetes


Con la finalidad de atacar la diabetes y mejorar el diagnóstico de cáncer de próstata, en México ya se producen pruebas de hemoglobina glicosilada y comenzarán a producirse las de detección de antígeno prostático, las cuales estarán disponibles tanto en el sector público como en el privado y tienen tecnología china de alto nivel, informó Lorenzo Gutiérrez, director de la empresa Ensayos y Tamizajes de la nación mexicana.

Gutiérrez destacó que aunque la prueba de glucosa en sangre es importante para los diabéticos, la de hemoglobina es fundamental para que estos pacientes tengan un mejor control de la enfermedad. Explicó que la prueba de la glucosa es un marcador muy básico y el problema con ello es que los pacientes son «muy tramposos».
«Con un día de dieta bien hecha la glucosa en sangre va a salir en buenos niveles; en cambio con la hemoglobina glicosilada no se puede engañar a nadie», indicó. Además, detalló, que se debe a que la hemoglobina es una especie de historial de comportamiento de glucosa en la sangre.

Con las pruebas que ya se producen en el país, el doctor va a poder dar el resultado él mismo a los pacientes. Este es un análisis que podrán utilizar los médicos de primer nivel de atención y servirá a los programas masivos de salud que tienen vinculación con la prevención y control de la diabetes.

Aunado a los marcadores de hemoglobina, también se trabaja en la prueba de antígeno prostático completo con la cual se puede hacer una detección temprana de cáncer de próstata.
El directivo señaló que en el año 2020 comenzará la producción de pruebas de antígeno prostático libre. Entre los beneficios de la producción de estas pruebas en México se encuentra un diagnóstico inmediato para poder dar seguimiento y tratamiento adecuado a los pacientes, reseña Salud180.  /maye

Personas con discapacidad deben ser contratados por empresas


En Perú existe la Ley N° 29973n que establece lo siguiente:

En el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad.

Promueve la inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

Derecho a accesibilidad desarrollado.

Derecho al trabajo  en igualdad de condiciones, oportunidades y remuneración.

Medidas de fomento y bonificacion en concursos públicos de méritos.

Cuota de empleo de entidades públicas: 5% de la totalidad de su personal.

Cuota de empleo de empleadores privados:  No inferior al 3% si cuentan con más de 50 trabajadores en planilla.

Derecho a ajustes razonables en el lugar de trabajo y deducción adicional de impuesto a la renta de tercera categoría sobre gastos de ajustes razonables.

Sunat ganó batalla legal a Telefónica

Después de 14 años de un proceso judicial, la Corte Suprema  emitió las primeras decisiones finales en el caso de las acotaciones tributarias que cuestionó Telefónica del Perú (TdP).

Así, la Corte Suprema en una decisión en última instancia -Casación 11111- 2016-Lima- , se pronunció sobre cinco reparos o acotaciones que corresponden al ejercicio fiscal 2000, y declaró infundada la impugnación de TdP sobre dos de ellos (cargas financieras “carve out”, relacionadas a su forma de financiamiento; y la deducción tributaria “overhead”, que el fisco consideró como una aplicación incorrecta de normas contables).
El monto de los reparos que la Corte Suprema confirmó son exigibles cobrar a la Sunat  sumarían entre S/ 4,500 a S/ 5,000 millones.
Detalles
Respecto al reparo relacionado a las cargas financieras, Sunat cuestionó a TdP señalando que su operación de financiamiento no había identificado la porción de capital recibido en el marco de su operación de reorganización simple (con la que se crea Telefónica Móviles).
Así, la Corte Suprema confirmó el desconocimiento realizado por la Sunat a los gastos financieros respecto del Impuesto a la Renta (IR) , sobre los préstamos que tomó TdP para desarrollar la infraestructura detelecomunicaciones.
El fallo precisó que se debía vincular el uso inequívoco de cada sol con el destino de estos fondos.
Con ello se deja de lado el argumento de la empresa por el cual sustentaba el uso de la inversión a través de la declaración de IR, la relación de inversión en activos fijos, auditorías, pago de planillas, entre otros.
Y de otro lado, en el caso de la deducción tributaria “overhead”, o errores de normas contables, la sentencia rechazó la deducción de los gastos de administración y gastos generales que usó TdP relacionados a los gastos incurridos por Telefónica Móviles, ya que se trataba de parte del costo computable de los activos.
La sentencia precisó que se comprende dentro del valor computable de los activos a los gastos indirectos, los gastos de personal y operativos (realizados por Telefónica Móviles), por lo que detalló que se trató de una incorrecta deducción del IR (error contable).
Es decir, se desconoció el tratamiento tributario que realizó TdP, precisando que no existe una diferenciación de tratamiento contable. Cabe indicar que de acuerdo a la empresa de comunicaciones, estos dos reparos representan el 70% del monto del total de la controversia.
Nuevo pronunciamiento
Asimismo, la sentencia ordenó un nuevo pronunciamiento a la instancia inferior a la Corte Suprema respecto a tres reparos: la provisión de cobranza dudosa, la reorganización empresarial y el retiro de bienes del accionista mayoritario (Red Analógica Nortel).